13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Usuarios que habitan en viviendas de interés social no tienen beneficios especiales para el pago de servicios públicos (2:22 p.m.)

24 de Abril de 2012

Reproducir
Nota:
80514
No existe ninguna norma o disposición legal que establezca algún beneficio especial en materia de pago de servicios públicos domiciliarios a favor de los usuarios que habitan en viviendas de interés social. Sin embargo, los usuarios residenciales de menores ingresos tienen derecho a recibir subsidios, de manera que se garanticen los objetivos del Estado en materia de prestación de servicios, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. En este sentido, corresponde a alcaldes y concejales tomar medidas presupuestales y ejecutar las apropiaciones que permitan subsidiar los consumos básicos.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)