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Tutelan derechos a patrullero sancionado por rehusarse a leer mensaje católico en eucaristía del “Domingo de Ramos” (3:18 p.m)

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07 de Julio de 2017

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Por medio de una acción de tutela, la Corte Constitucional concluyó que la Policía Nacional vulneró el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto a un patrullero, luego de que le ordenara, durante una eucaristía del “Domingo de Ramos”, leer un mensaje en el que la institución se identificaba y se adhería a las creencias de la religión Católica. Dicha actuación, para la Corte, no solo desconoció el principio de laicidad, sino que afectó la libertad religiosa del actor, en tanto lo obligó a practicar una religión distinta a la suya (Adventista del Séptimo Día). Así mismo, la entidad accionada violó el derecho al debido proceso administrativo del actor, por aplicar una norma disciplinaria que desconoce la naturaleza de la anotación como sanción. En el documento adjunto a esta nota puede encontrar los dos exhortos que hizo la Sala tanto a la Policía como al Ministerio de Defensa, así como el salvamento de voto del magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo (M.P. Alejandro Linares).

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