Tutela contra providencias judiciales que resuelven incidentes de desacato proceden de manera excepcional (11:17 a.m.)
29 de Agosto de 2018
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Nota:
110399
Con soporte en su jurisprudencia, la Corte Constitucional indicó que la acción de tutela contra providencias judiciales que resuelven incidentes de desacato o solicitudes de cumplimiento es procedente únicamente de manera excepcional. Para ello, la corporación estableció algunos requisitos formales y materiales que se deben tener presentes al momento de hacer el examen de procedencia. También precisó que inicialmente, y de manera genérica, la tutela procede contra incidentes de desacato o solicitudes de cumplimiento siempre que se cumplan los requisitos de procedencia de la acción contra providencias judiciales y, por lo tanto, se constate una vulneración o una amenaza a los derechos fundamentales del sancionado. Por otro lado, estableció que la procedencia excepcional de la tutela en estos eventos además obliga al juez a observar de forma estricta lo que tiene ver con posibles vulneraciones del derecho al debido proceso. Esto es, evaluar especialmente cómo actuó el operador judicial en relación con el cumplimiento de la orden proferida en la tutela inicial, si actuó bajo los postulados del derecho al debido proceso en relación con la valoración probatoria, entre otras cosas. Conozca otras apreciaciones sobre el tema en la providencia adjunta a la nota (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
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