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Trámite del recurso de apelación contra sentencias penales en la audiencia de lectura del fallo no vulnera el derecho de defensa ni el principio de contradicción (11:10 a.m.)

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17 de Mayo de 2011

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La interposición, concesión y sustentación del recurso de apelación de la sentencia en la misma audiencia de lectura del fallo es evidencia del proceso público oral, con inmediación de las pruebas, contradictorio y concentrado, y no vulnera los derechos de defensa, a la doble instancia, ni los principios de inmediación y contradicción. Así lo señaló la Corte Constitucional al declarar exequible el artículo 91 de la Ley de Descongestión (Ley 1395 del 2010). El alto tribunal explicó que con esta disposición no se restringen de manera desproporcionada las posibilidades de defensa de los intervinientes ni se conminan a ejercer de manera improvisada su derecho de impugnación, tampoco se vulnera el principio de igualdad de armas, pues se confiere el mismo trato y se contemplan idénticas posibilidades de intervención de recurrentes y no recurrentes (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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