Sistema de salud de la Policía debe garantizar atención a desvinculados de la Policía que requieran continuidad asistencial (11:40 a.m.)
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23 de Octubre de 2019
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Según la Corte Constitucional, se consideran benefactores del Sistema de Seguridad Social en Salud de las Fuerzas Militares y Policía Nacional el personal activo, los miembros que gocen de asignación de retiro o pensión, los afiliados en calidad de beneficiarios y, de forma excepcional y en atención al principio de continuidad en el servicio de salud, las personas que, pese haber sido desvinculadas de la institución sin adquirir el derecho a una prestación pensional, sufrieron una afectación en la salud y necesitan seguir con la atención médica para lograr establecer su estado de salud. Para la Corte, dicha prórroga tiene lugar hasta tanto la persona se recupere u otra entidad asuma la prestación de ese servicio (M. P. José Fernando Reyes).
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