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Sientan jurisprudencia sobre protección constitucional de extranjeros en condición de vulnerabilidad por migración masiva (3:12 p.m.)

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18 de Diciembre de 2017

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A través de una sentencia de unificación, la Corte constitucional insistió que los extranjeros se encuentran legitimados para interponer una acción de tutela en caso de amenaza o vulneración de sus derechos fundamentales y, a su vez, reforzó la legitimación de los agentes oficiosos, en especial en casos de crisis humanitaria derivada de una migración masiva. Pero también resaltó que todo extranjero que se encuentre en el país tiene derecho a recibir atención básica y de urgencias con cargo al régimen subsidiado, en virtud de la protección de sus derechos a la vida digna y a la integridad física derivada del deber de asistir humanitariamente a las personas de otros países que se encuentren en condición de vulnerabilidad. Adicionalmente, la Sala enfatizó la obligación de las instituciones del Sistema General de Seguridad Social en Salud de atender el nacimiento de hijos de extranjeros con permanencia irregular en el territorio colombiano y de afiliarlos una vez su nacimiento sea registrado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Por lo anterior, la corporación advirtió a dicha entidad que no puede retrasar ni desconocer este debe constitucional y legal. Varios magistrados se apartaron parcialmente de la decisión. En el documento adjunto a esta nota encuentre los pormenores del caso concreto (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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