Sentencias de unificación en procesos de tutela solo tienen aplicación ‘inter partes’ (8:40 a.m.)
29 de Agosto de 2011
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Nota:
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Los efectos de las sentencias de tutela en las que se hace unificación de jurisprudencia también son inter partes y no erga omnes. Así lo señaló el Consejo de Estado al negar el amparo del derecho a la igualdad de una persona que buscaba que se le aplicara un fallo de tutela de la Sección Segunda, por estimar que se encontraba en las mismas condiciones de la persona a la que se le tuteló su derecho de acceso a la administración. La Sección Cuarta explicó que la protección se concedió “respecto de la situación particular de la demandante”. Por lo tanto, no existe un nuevo hecho que permita conocer de fondo la acción de tutela, pues los nuevos hechos y motivos mencionados por la demandante para la interposición de la nueva acción no son justificados (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
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