Sentencia unificadora precisa factores que debe considerar un juez al resolver incidente de desacato de tutela (4:31 p.m.)
11 de Julio de 2018
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Nota:
108092
Al momento de resolver un incidente de desacato de una tutela la autoridad judicial debe tomar en consideración si concurren factores objetivos y/o subjetivos determinantes para valorar el cumplimiento de la orden, indicó la Sala Plena de la Corte Constitucional, a través de una sentencia de unificación. Según el fallo, entre los factores objetivos pueden tomarse en cuenta variables como: (i) la imposibilidad fáctica o jurídica de cumplimiento y (ii) el contexto que rodea la ejecución de la orden impartida, entre otros. Por otro lado, entre los factores subjetivos el juez debe verificar circunstancias como: (i) La responsabilidad subjetiva (dolo o culpa) del obligado, (ii) si existió allanamiento a las órdenes y (iii) si el obligado demostró acciones positivas orientadas al cumplimiento. La providencia también enfatizó que los factores señalados son enunciativos, toda vez que en el ejercicio de la función de verificación del cumplimiento el juez puede apreciar otras circunstancias que le permitan evaluar la conducta del obligado en relación con las medidas protectoras dispuestas en el fallo de tutela. Finalmente, destacó que no puede admitirse ni promoverse el uso estratégico de dicho incidente de tutela, para convertirlo en un mecanismo que dilate el cumplimiento de las órdenes de tutela (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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