Sentencia SupersaludEl empleador es el primer responsable del reconocimiento y pago de prestaciones económicas (3:54 p.m.)
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29 de Junio de 2018
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La obligación de reconocer y cancelar las prestaciones económicas expedidas a los trabajadores dependientes está en primer lugar en cabeza del empleador, quien puede, una vez satisfecho el pago, solicitar a la EPS de cada trabajador el rembolso correspondiente. En este caso, indicó la Superintendencia Nacional de Salud, la EPS, en un término de 15 días, entrará a verificar si dicha solicitud cumple con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 1804 de 1999 y, si es así, ordenará realizar el rembolso. De lo contrario, negará la solicitud. La entidad recordó la responsabilidad social derivada del contrato de trabajo, en virtud de la cual el trabajador dependiente siempre debe recibir el pago de sus prestaciones económicas.
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