15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Se vulneran derechos fundamentales cuando no se decide de fondo la impugnación de paternidad por carencia de interés actual (4:51 p.m.)

15 de Julio de 2011

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Nota:
74842
La Corte Constitucional advirtió que cuando se rehúsa a decidir de fondo la impugnación de paternidad por considerar que no se tenía interés actual se vulneran los derechos fundamentales a decidir libremente y en pareja el número de hijos que se desean tener, a la personalidad jurídica, a la filiación y a acceder a la administración de justicia, máxime si la persona tiene certeza por una prueba de ADN que no es padre o madre del menor. En estos casos se recrimina que una decisión de esta naturaleza no esté debidamente justificada y que los jueces interpreten la ley en un sentido tan estricto que lleve a desconocer una realidad contundente. De esta forma, la corte consideró que la falta de interés actual como condición para impugnar la paternidad no puede contarse desde que surja la primera duda, si la impugnación se presenta poco tiempo después de tener certeza sobre la realidad de la filiación con una prueba de ADN. De no ser así, se configuraría una “laguna axiológica”, que solo puede superarse si se entiende de modo distinto el interés actual (M.P. María Victoria Calle Correa).

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