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04 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Se vulnera ‘habeas data’ cuando tras cinco años de multa la anotación reposa en antecedentes disciplinarios

25 de Abril de 2024

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El artículo 15 de la Constitución Política establece el derecho fundamental de habeas data, que garantiza que las personas puedan conocer, actualizar y rectificar la información que sobre ella se haya registrado en bancos de datos.

Como una derivación de este derecho fundamental está el “derecho al olvido”, el cual es aplicable también a la información negativa concerniente a otras actividades que se haya recogido en bancos de datos y archivos de entidades públicas y privadas.

En materia disciplinaria, los registros negativos en el certificado de antecedentes disciplinarios tienen un tiempo límite de cinco años posteriores a la ejecutoria de la sentencia que impuso la sanción y, excepcionalmente, el dato podrá permanecer en el certificado un tiempo mayor en aquellos eventos en los que la sanción se encuentre vigente después de transcurridos los cinco años.

Esta excepción, según la Sentencia C-1066/02, tiene cabida solo en los casos de sanciones con efectos continuados, como la suspensión y la inhabilidad que es superior a los cinco años.

Caso bajo estudio

El Consejo de Estado protegió el derecho fundamental al habeas data de una abogada que fue sancionada con multa equivalente a $ 3.080.000 por la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena, en sentencia de agosto del 2014, que fue confirmada por sentencia de diciembre del 2014 por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al surtir el grado de consulta.

Como consecuencia de dicha sanción, y en aplicación del artículo 47 de la Ley 1123 del 2007, la Unidad de Registro Nacional de Abogados anotó la sanción impuesta.

La Sección Primera del Consejo de Estado protegió los derechos de la abogada al evidenciar que para el momento de la presentación de la tutela, habían transcurrido nueve años desde que se le impuso la multa y aún le aparecía el reporte de la sanción.

Advirtió que la Secretaría de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial es la encargada de actualizar el certificado de antecedentes disciplinarios, así como la actualización de la base de datos en relación con las sanciones disciplinarias impuestas a abogados y funcionarios (C. P.: Oswaldo Giraldo López).

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