Se puede extender el Acuerdo 049 de 1990 en el cómputo de cotizaciones de diferente naturaleza: Corte (11:34 a.m.)
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14 de Enero de 2020
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Antes de la regulación normativa del Sistema General de Pensiones, a través de la Ley 100 de 1993, existían en el ordenamiento jurídico diversos regímenes especiales de pensiones, muchos de los cuales si bien es cierto han perdido vigencia, aún siguen produciendo efectos jurídicos, como consecuencia de lo dispuesto por el régimen de transición. En un fallo de tutela reciente, la Corte Constitucional indicó que se ha autorizado la extensión Acuerdo 049 de 1990 en el cómputo de cotizaciones de diferente naturaleza, en razón a que con ello se materializan los principios de favorabilidad, pro homine y progresividad. Además, y recordando la Sentencia T-490 del 2017, concluyó que ello extiende la garantía de la seguridad social, conforme con la máxima de progresividad contenida en los artículos 48 de la Constitución Política y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (M. P. Cristina Pardo).
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