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Reiteran obligación de autoridades y particulares de suministrar información sobre prestación de servicios públicos (11:45 a.m.)

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01 de Octubre de 2012

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La Corte Constitucional reiteró que el Estado o los particulares que presten servicios públicos deben garantizar el derecho de acceso a la información relacionada, según los principios de transparencia, publicidad, control social e interés general. Para la corporación, la negativa a suministrar esta información viola los derechos fundamentales de los usuarios y consumidores titulares de servicio, teniendo en cuenta que estos gozan de legitimidad para exigirla y, además, se encuentran en posición de indefensión frente a las empresas. En el caso estudiado, tuteló el derecho de acceso a la información de una persona a quien la empresa Electricaribe negó la información sobre el procedimiento de cuantificación de pérdidas de energía que daban lugar al cobro de una tasa. El magistrado Luis Ernesto Vargas aclaró el voto (M.P. Humberto Sierra Porto).

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