Recuerdan aplicación del principio de la primacía de la realidad en contratos para futbolistas profesionales (4:31 p.m.)
15 de Abril de 2019
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Nota:
112358
Una de las salas de descongestión de la Corte Suprema de Justicia concluye que es posible que, aun desde antes de la expedición de la antigua Ley 181 de 1995 (disposiciones para el fomento del deporte), los jugadores de fútbol profesional, frente a una relación laboral subordinada, se rijan por las normas generales del Código Sustantivo del Trabajo, siendo aplicable el principio legal y constitucional de la primacía de la realidad en estos casos (M. P. Martín Emilio Beltrán, magistrado de descongestión).
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