12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Recolección de fotografías y videos para publicar en redes sociales requiere autorización del titular (8:05 a.m.)

19 de Diciembre de 2017

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Nota:
58730
Las fotografías y videos contienen datos personales definidos como sensibles y biométricos, por lo que debe mediar autorización expresa del titular o su representante para el tratamiento. En el caso de los menores de edad, además de la autorización del representante, es necesario verificar que se respete el interés superior y se garanticen sus derechos fundamentales. Los datos biométricos son aquellos que permiten identificar a las personas por rasgos físicos que le son únicos, como es el caso de las huellas digitales, iris ocular, la palma de la mano y los videos y fotografías que, al contener rasgos del rostro de las personas que aparecen en ellos, permiten determinar su identidad. El tratamiento de fotografías y videos no solo puede afectar el derecho a la intimidad y al habeas data, sino que está relacionado con el derecho a la propia imagen y a disponer de ella.

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