Publican sentencia sobre reglas de desvinculación de provisional que es mujer cabeza de familia (2:49 p.m.)
06 de Abril de 2018
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Nota:
60277
Cuando el funcionario que debe ser desvinculado por encontrarse en provisionalidad ostenta la calidad de mujer cabeza de familia la entidad deberá tener en cuenta dos situaciones antes de proceder a la desvinculación, precisó la Sala Plena de la Corte Constitucional. En efecto, si cuenta con un margen de maniobra reflejado en vacantes para la provisión de empleos de carrera, en razón de la diferencia entre las plazas ofertadas y aquellas provistas mediante la correspondiente lista de elegibles, surge la obligación de garantizar la estabilidad laboral tanto del aspirante al concurso como del servidor público cabeza de familia. Pero si no cuenta con margen de maniobra la entidad debe generar los medios que permitan proteger a las personas en condiciones especiales. Consulte en la providencia adjunta las razones esbozadas por el alto tribunal y los salvamentos de voto de los magistrados Carlos Bernal Pulido y Alberto Rojas Ríos (M. P. Alejandro Linares).
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