Publican sentencia que declaró inexequible periodo de prueba de 15 días para trabajadores domésticos (11:03 a.m.)
13 de Marzo de 2019
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Nota:
110792
El artículo 77 (numeral segundo) del Decreto Ley 2663 de 1950 (Código Sustantivo de Trabajo), que establecía que en el contrato de trabajo de los servidores domésticos se presumen como periodo de prueba los primeros 15 días del servicio, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional. Una de las razones principales es que todos los trabajadores pueden pactar por escrito el periodo de prueba, mientras que para los trabajadores domésticos existía una presunción que resultaba discriminatoria. Por esta razón, desde ahora solo procederá tal periodo si consta por escrito. El magistrado Carlos Bernal Pulido salvó su voto, por considerar que es razonable inferir que un periodo de prueba corto pretende proteger la intimidad familiar al exigir al empleador valorar en tal término las aptitudes del empleado y, de otro lado, permite al trabajador doméstico superar de manera rápida la situación de inestabilidad. Por último, agregó que esta inexequibilidad genera una mayor inestabilidad laboral, pues se incentiva la posibilidad de pactar periodos escritos más amplios para la etapa de prueba. (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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