Propuesta para reconocimiento de indemnizaciones a víctimas en el exterior llega a primer debate (2:55 p.m.)
09 de Diciembre de 2016
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El Ministerio de Relaciones Exteriores garantizará a las víctimas del conflicto armado residentes en el exterior la adecuada información y orientación para que tengan acceso a los beneficios consagrados dentro de la Ley 1448 del 2011 (Ley de Víctimas). Lo anterior en caso de aprobarse un proyecto de ley recientemente radicado en el Senado y que avanza a primer debate con ponencia positiva. Así, las víctimas que hayan sufrido daños por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985 como consecuencia de infracciones al derecho internacional humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de derechos humanos podrán, en primer lugar, solicitar su inscripción en el Registro único de víctimas e instar al Gobierno colombiano para el reconocimiento de las prerrogativas contenidas dentro de la mencionada disposición. Para lograr su cometido, el Ejecutivo podría firmar acuerdos, programas o convenios con gobiernos, entidades privadas y organizaciones no gubernamentales de otros países, para garantizar el efectivo reconocimiento de las víctimas que allí residen, y promover su naturalización o definición de un estatus migratorio.
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