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Prohibición general de corridas de toros está reservada al legislador: Corte Constitucional (10:21 a.m.)

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12 de Febrero de 2018

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A través de reciente auto, la Corte Constitucional reafirmó que la prohibición general de las corridas de toros en Colombia está reservada al legislador. Ello en razón a que la Sentencia T-121 del 2017 permitió, contrariando lo dispuesto en la Sentencia C-889 del 2012, que una autoridad territorial convocara a una consulta popular para definir la prohibición general de estos eventos en Bogotá; por ello, procedió a declarar su nulidad. Así las cosas, corresponderá entonces a la Corte, en Sala de Plena, proferir una nueva decisión sobre este asunto (M. P. Carlos Bernal Pulido).

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