Presentan demanda contra juramento estimatorio del Código General del Proceso (11:32 a.m.)
01 de Marzo de 2013
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Nota:
86619
El artículo 206 (parcial) y su parágrafo de la Ley 1564 del 2012 (Código General del Proceso), relacionado con el juramento estimatorio, sanciona económicamente al demandante, sin la preexistencia de un derecho sustancial, una fuente de la obligación o una imputación jurídica, lo que atenta contra la vigencia de un orden justo y genera un enriquecimiento sin causa. Así lo sostiene una demanda admitida recientemente por la Corte Constitucional. Para el accionante, la sanción creada por este artículo ante la falta de demostración total o parcial de los perjuicios resulta inequitativa e injusta para la parte que los estimó (demandante: Julián Arturo Polo).
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