Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Precisiones para jueces cuando resuelven tutelas que solicitan un determinado medicamento (12:13 p.m.)

122730

01 de Junio de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Si no se hace presente un hecho notorio dentro del proceso que sugiera la necesidad de determinado insumo para el paciente, el juez constitucional está sujeto al diagnóstico del médico tratante en relación con la prescripción de servicios y tecnologías en salud. Así  lo concluyó la Corte Constitucional al indicar que el tratamiento idóneo y eficaz en materia de salud se da en el marco de la relación entre médico y paciente. Esto quiere decir que lo que configura la principal fuente de vulneración del derecho a la salud de una persona es la ausencia de un diagnóstico clínico efectivo e integral. Solamente cuando del material probatorio se pueda encontrar que de manera notoria el paciente requiere el uso de servicios y tecnologías, el togado puede ordenar la prestación de la atención que resulte necesaria, con el fin de generar condiciones de existencia acordes con la dignidad humana (M. P. Cristina Pardo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)