11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Precisan requisitos para acceder a pensión familiar en régimen de prima media con prestación definida (9:42 a.m)

01 de Agosto de 2017

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Nota:
56516
Por medio de una sentencia de tutela, la Corte Constitucional afirmó que con el fin de ampliar la cobertura del sistema de pensiones se promulgó la Ley 1580 del 2012, que creó la pensión familiar, adicionando un nuevo capítulo a la Ley 100 de 1993. Esta pensión es la que se reconoce por la suma de esfuerzos de cotización o aportes de cada uno de los cónyuges o cada uno de los compañeros permanentes, cuyo resultado es el cumplimiento de los requisitos establecidos para la pensión de vejez en el régimen de prima media con prestación definida o régimen de ahorro individual. Específicamente sobre la pensión familiar en el régimen de prima media con prestación definida, el fallo precisó que podrán acceder a ella los cónyuges o compañeros permanentes que: (i) esten clasificados en los niveles 1 y 2 de Sisbén y (ii) que a los 45 años de edad hayan cotizado el 25% de las semanas requeridas para acceder a una pensión de vejez. Cumplido lo anterior, se les otorgará como monto pensional un salario mínimo mensual legal vigente (M. P. Alejandro Linares Cantillo).

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