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Precisan competencia de control fiscal sobre recursos asignados para atender a víctimas de desplazamiento (9:54 a.m.)

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22 de Diciembre de 2017

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El control fiscal que debe ejercer la Contraloría General de la República al Sistema Nacional de Población Desplazada recae en las entidades del orden nacional y en los recursos de ese mismo orden, aunque sean ejecutados por autoridades nacionales o territoriales. Teniendo en cuenta que concurren como fuentes de financiación para la atención a las víctimas del desplazamiento tanto recursos del orden nacional como territorial, el ente máximo de control fiscal posee competencia frente a los recursos asignados por las entidades públicas de nivel gubernamental y estatal previstas en la Ley 1448 del 2011 (Ley de Víctimas), mientras que el control fiscal sobre los recursos endógenos asignados por las entidades territoriales debe ser ejercido por las contralorías territoriales, sin perjuicio del control excepcional atribuido en la Ley 1474 del 2011.      

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