Precisan aspectos de la protección a los derechos colectivos al espacio público y seguridad (3:25 p.m.)
30 de Agosto de 2013
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Nota:
90844
La sentencia que resuelve una acción popular cuya pretensión es la protección del derecho al espacio público no puede predicarse respecto de los sujetos invasores sino del territorio que constituye el espacio a recuperar. En este sentido, el Consejo de Estado explicó que si ya existe un pronunciamiento judicial que obliga a las autoridades a emprender medidas, como el desalojo de vendedores ambulantes y el respectivo plan de reubicación, no puede considerarse que ello abarque solo a algunas personas que ocupan el espacio cuya recuperación se ordena, sino a todo aquel que decida asentarse en ese territorio, indistintamente de la actividad que desarrolle. Por otra parte, el alto tribunal puntualizó que la conservación del orden público en todo el territorio nacional implica la adopción, por parte de las autoridades, de medidas que regulen el ejercicio de los derechos y libertades de los gobernados. De conformidad con lo anterior, “las autoridades deben garantizar que la preservación del orden público se haga con observancia de las condiciones mínimas de respeto a la dignidad humana y a los demás derechos fundamentales reconocidos en la Constitución”, concluyó la Sección Primera (C.P. María Elizabeth García).
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