Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Piden igualdad de condiciones frente a procedencia del recurso de casación

Según los ciudadanos, las normas vulneran el derecho fundamental a la igualdad, pues prevé trato injustificado para dos grupos de personas.
208411

08 de Octubre de 2024

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

Varios miembros del Centro Colombiano de Estudios Constitucionales presentan una demanda de inconstitucionalidad en contra de los artículos 181, 183 y 184, parciales, del Código de Procedimiento Penal (Ley 906/04), que regulan la procedencia y el trámite del recurso extraordinario de casación.

Según los ciudadanos, las normas vulneran el derecho fundamental a la igualdad, pues regulan el recurso extraordinario de casación promoviendo un trato diferenciado entre dos grupos de personas, sin argumento razonable que lo justifique. Esos grupos son: el primero integrado por personas a las que la Corte Suprema de Justicia les confirma la sentencia condenatoria de segunda instancia y que no tienen derecho a interponer el recurso extraordinario de casación y, el segundo grupo, integrado por las personas “del común” para quienes existe la apelación y el mencionado recurso.

En ese sentido, considera que todos las personas deben tener las mismas garantías, más aún si se trata de asuntos de carácter penal (Demandantes: Sergio Estrada Vélez y otros).

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)