Paciente en estado vegetativo puede recibir tratamiento experimental (10:58 a.m.)
28 de Abril de 2015
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Nota:
100884
Con base en el artículo 94 de la Carta Política, la Corte Constitucional estableció que los pacientes en estado vegetativo persistente o de conciencia mínimo, junto con sus familiares, son titulares del derecho fundamental innominado “a que sea intentado” o right to try, esto es, “agotar todas las posibilidades científicas existentes, incluso de carácter experimental, siempre y cuando se cuente con la orden del médico tratante, para los casos desesperados en los cuales no parece existir ninguna otra opción, bien sea de recuperación o de evitar un inminente fallecimiento”. Según la providencia, aunque dicho derecho ha tenido aplicación en el suministro de tratamientos, procedimientos y medicamentos experimentales para enfermos terminales, también debe cobijar a esos tipos de pacientes, al ser inherente a la dignidad humana. En estos eventos, es admisible, de forma excepcional, el concepto emitido por un médico externo a la EPS, si este conoce más a fondo la patología de la persona y ha dedicado demasiado tiempo y esfuerzo a su atención, a diferencia del profesional de la entidad correspondiente. Sin embargo, la procedencia de esta regla judicial dependerá de las circunstancias del caso concreto, precisó la corporación. Con estos argumentos, ordenó a una EPS y a una entidad de medicina prepagada autorizar la realización de la estimulación espinal epidural para el tratamiento de estados de subconciencia y programación de voltajes adecuados a una joven de 29 años, quien sufrió un accidente automovilístico, en el 2009, el cual le causó el estado vegetativo persistente. El magistrado Luis Ernesto Vargas salvó el voto (M. P. Martha Sáchica).
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