04 de Octubre de 2024 /
Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Ordenan adecuar infraestructura de centros carcelarios ubicados en zonas con temperaturas extremas

01 de Octubre de 2024

Reproducir
Nota:
207461
Imagen
Ordenan adecuar infraestructura de centros carcelarios ubicados en zonas con temperaturas extremas (INPEC)

La Corte Constitucional estudió tres casos acumulados de personas privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios de alta y mediana seguridad ubicados en zonas con temperaturas extremas (Valledupar y La Dorada) y, con efectos inter comunis, decidió proteger los derechos fundamentales a la dignidad humana y a un trato digno de todas las personas privadas de la libertad en dichos establecimientos.

En ese sentido, ordenó a los directores de estas cárceles, con la participación de los representantes de derechos humanos y líderes de patios, así como al INPEC y a la USPEC, emprender las acciones necesarias para constatar y atender las necesidades reales de adecuación en infraestructura, en relación con espacios adecuados y dignos no solo para que los reclusos puedan resguardarse del extremo calor, sino para que el personal administrativo cumpla sus funciones en respeto de la dignidad humana.

Lo anterior en atención al espacio insuficiente e inadecuado, según informe de los entes de control, así como las deficientes medidas adoptadas para mitigar inclemencias climáticas. Igualmente, con la participación del Ministerio de Justicia, se deberán verificar las condiciones en que están los ventiladores permitidos en las celdas y, si persiste la insuficiente ventilación, por falta de pilas o baterías, estas deberán proveerse por el medio que consideren más idóneo, con el fin de mitigar el estado de cosas inconstitucional que se presenta y aminorar esta problemática.

En el caso particular de La Dorada, se ordenó que en un mes a partir de la notificación del fallo se elabore un protocolo de tratamiento higiénico y óptimo de alimentos para ser aplicado en el establecimiento penitenciario en cuestión dentro del mes siguiente, conforme a las directrices trazadas por el Ministerio de Salud y Protección Social cumpliendo condiciones mínimas de subsistencia digna y humana. (Lea: Contraloría evidenció que condiciones alimentarias en las prisiones ponen en riesgo la salud de la población carcelaria)

De otra parte, se debe garantizar que las personas privadas de la libertad cuenten con canales adecuados para interponer quejas por posibles abusos de la fuerza o vulneraciones a su dignidad humana, en cumplimento a lo dispuesto en el Auto 486 del 2020, asegurando que se resguarde la confidencialidad para los quejosos y se inicien las investigaciones disciplinarias a que haya lugar por alguna presunta extralimitación de funciones de la guardia (M. P. Cristina Pardo Schlesinger). 

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)