Orden de policía que no sea de inmediato cumplimiento y posconflicto, temas de hoy en la Corte Constitucional (8:00 a.m)
14 de Junio de 2017
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Nota:
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Después de una semana de receso, la Sala Plena de la Corte Constitucional tiene programado el estudio de 12 acciones de inconstitucionalidad y la revisión de la Ley 1830 del 2017, que establece los mecanismos legales para el tránsito de las Farc a la vida política. Entre los temas centrales de la agenda se encuentra, además, el análisis de la expresión: “si la orden de policía no fuere de inmediato cumplimiento, la autoridad conminará a la persona para que la cumpla en un plazo determinado, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes”, contenida en el artículo 150 de la Ley 1801 del 2016. Ello porque vulneraría, supuestamente, el derecho al debido proceso en su faceta de celeridad, pues al consagrar esta facultad, sin limitar en el tiempo su realización, deja sin certeza el momento en que se incurrirá en cumplimiento de la orden. El estudio de la demanda que ataca un aparte del artículo 156 del Código Civil (Ley 57 de 1887), que regula la legitimación y oportunidad para presentar la demanda de divorcio, no se abordará en esta sesión.
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