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Notificación del sindicado debe insistirse durante todo el proceso (8:50 a.m.)

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11 de Noviembre de 2011

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En un fallo de tutela, la Corte Constitucional anuló una condena impuesta contra un ciudadano al que nunca se le pudo notificar que contra él cursaba un proceso penal. Por esta razón, el proceso se adelantó con declaratoria de persona ausente, lo que impidió que el condenado ejerciera su derecho de defensa. La Corte señaló que el deber de notificar personalmente al procesado no se agota en ninguna etapa, sino que permanece a lo largo de todo el proceso. Así, el tribunal constitucional recordó que la indebida notificación es un defecto procedimental que hace de una sentencia condenatoria una vía de hecho (M. P. Jorge Iván Palacio).

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