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Actualizado hace 8 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


No pueden ser retirados por haber cumplido requisitos de pensión quienes estén cobijados por el régimen de transición y no han llegado a la edad de retiro forzoso (8:00 a.m.)

23 de Septiembre de 2011

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Nota:
74932
El Consejo de Estado reiteró que no pueden ser retirados del servicio por haber cumplido requisitos de pensión los funcionarios que estén cobijados por el régimen de transición y no han llegado a la edad de retiro forzoso. Ello es así porque a los beneficiarios del régimen de transición no les es aplicable la disposición de la Ley 797 del 2003 que estimó como justa causa para dar por terminado el vínculo laboral el cumplimiento de requisitos de pensión, sino el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, que señaló que ningún funcionario o empleado público podía ser retirado por esa situación. Además, como en el caso concreto la situación pensional del interesado ya estaba completamente definida al abrigo del régimen de transición, los cambios que introdujo el legislador no podían alterar ese derecho (C.P. Gustavo Eduardo Gómez Aranguren).

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