Lo último sobre la norma del Código de Policía que permite el ingreso a inmuebles sin orden escrita (9:04 a.m.)
11 de Abril de 2018
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Nota:
61268
El artículo 163 del nuevo Código de Policía contempla los seis eventos en que la institución policial puede penetrar en casos de imperiosa necesidad a un inmueble sin orden escrita. El parágrafo único dice que el personal uniformado que realice un ingreso a inmueble sin orden escrita de inmediato rendirá informe a su superior, con copia al propietario, poseedor o tenedor del inmueble, donde conste la razón por la cual se realizó el ingreso. Entonces, la Corte Constitucional decidió reciente inhibirse de dar, nuevamente, un pronunciamiento de fondo en una nueva acción de inconstitucionalidad que atacaba esta misma normativa, por tratarse de los mismos cargos de inconstitucionalidad que ya habían sido resueltos en la Sentencia C-212 del 2017. La magistrada Cristina Pardo no participó en esta decisión, toda vez que le fue aceptado impedimento por la Sala.
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