Llamar a quienes obtuvieron los más altos puntajes en la fase I para participar del curso de formación judicial no es discriminatorio (3:01 p.m.)
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09 de Marzo de 2010
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El Consejo de Estado negó la nulidad de varias disposiciones contenidas en los acuerdos que convocan a concursos de méritos para la provisión de cargos de carrera en la Rama Judicial. A juicio del alto tribunal, el hecho de llamar solo a quienes obtuvieron los mejores puntajes en la fase I del concurso para participar del curso de formación judicial no es discriminatorio, pues, por el contrario, esa reglamentación obedece a principios de eficacia, economía y celeridad en el desarrollo de la función administrativa. Además, es en ejercicio de esos principios que los acuerdos establecen que solo serían llamados los aspirantes que obtuvieran los mayores puntajes en la fase I hasta la cantidad estimada de vacantes al momento de expedirse el registro de elegibles, más las que se produzcan dentro del término de vigencia del mismo, adicionadas en un 25% (C.P. Alfonso Vargas Rincón).
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