Las indicaciones de la Corte a jueces para fallar vulneraciones a estabilidad laboral reforzada (2:48 p.m)
20 de Junio de 2017
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Nota:
56358
Un fallo de tutela reciente de la Corte Constitucional determina que un empleador vulnera los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, al mínimo vital y a la salud de un empleado al terminarle el contrato de trabajo a término fijo, por obra, labor contratada o prestación de servicio, según sea el caso, cuando este se encuentra en situación de debilidad manifiesta en razón de su estado de salud o en condición de discapacidad. Ello, precisa la Sala, sin obtener la autorización previa del Ministerio del Trabajo y sin desvirtuar la presunción de desvinculación discriminatoria. En este supuesto, explica el fallo, el juez constitucional deberá presumir que la causa de la desvinculación laboral fue la circunstancia de debilidad y vulnerabilidad del trabajador y, por lo tanto, conceder el amparo invocado, de acuerdo con una serie indicaciones puntuales que puede encontrar en el documento adjunto a esta nota. De ahí que se concluyera que la excepcional protección constitucional de los empleados y/o contratistas debe ser entendida como una acción positiva en favor de quienes, por razones particulares, se encuentran en una situación de debilidad manifiesta en razón de su estado (M.P. María Victoria Calle).
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