La tutela no es vehículo de control político contra huelguistas de la educación (11:03 a. m.)
20 de Mayo de 2015
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Nota:
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Ese fue uno de los argumentos que utilizó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para declarar improcedente una acción de amparo que buscaba poner fin al paro de educadores. Además, la Sala declaró la carencia actual de objeto, en vista de que la protesta se terminó el pasado 7 de mayo y que el retorno a clases de maestros y estudiantes puso fin al riesgo de vulneración de derechos. Adicionalmente, subrayó que “el paro acaecido constituye una labor de carácter social y político en un país donde solo tienen influencia las vías de hecho para determinar políticas públicas, cada día más frecuentes”. Por otro lado, recordó que, en cumplimiento de los artículos 44 y 67 de la Constitución, la Corte Constitucional ha reconocido que el derecho a la protesta de los maestros no puede implicar la parálisis en el sistema educativo (M. P. Carmen Alicia Rengifo).
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