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La solicitud de nulidad no puede usarse para reabrir debates concluidos: Corte Constitucional (11:13 a.m.)

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27 de Octubre de 2010

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La Corte Constitucional denegó la solicitud de nulidad de la Sentencia T-465 del 2009, solicitada por supuesta omisión en la valoración de una prueba relevante porque la enumeración de los documentos contenidos en la sentencia no fue concreta sino una muestra de los que aparecen en el expediente. La sala explicó que el incidente de nulidad de una sentencia de la Corte Constitucional no constituye una nueva oportunidad para reabrir una controversia ya decidida. Añadió que no se refirió a las motivaciones y documentos de la sentencia original, por cuanto el problema jurídico era diferente al que ocupó la atención de la corte. La sala, sin embargo, reiteró que la revocatoria directa de un acto administrativo de apertura del folio de matrícula inmobiliaria no puede producirse sin el consentimiento del particular interesado, sino que es necesario que las autoridades de registro demanden judicialmente su propio acto (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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