La determinación previa del método de cobro es una condición para que las autoridades puedan fijar las tarifas de tasas que retienen por sus servicios (10:31 a.m.)
26 de Abril de 2011
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Nota:
73336
El Consejo de Estado indicó que la determinación previa del método y sistema de cobro es una condición para que las autoridades administrativas puedan fijar las tarifas de las tasas que exigen por sus servicios. De esta forma, la corporación declaró la nulidad del Decreto 1657 de 1992, en el que se señalaba el valor del certificado judicial y de policía, pues las leyes que autorizaban el cobro de la tarifa (Ley 15 de 1968 y Ley 4ª de 1981) no establecieron previamente los métodos y sistemas. El consejo recordó que por esta misma razón en la Sentencia C-243 del 2005 se declararon inexequibles algunas disposiciones de esas leyes. En esa medida, aclaró que sobre la norma acusada ya se había producido el decaimiento del acto administrativo (C.P. María Claudia Rojas Lasso).
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