Iniciativa que incluye tratamientos de infertilidad en el POS pasa revisión en la Corte (3:17 p.m.)
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11 de Octubre de 2018
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Argumentando la violación y desconocimiento de la Ley Estatutaria de Salud; de los principios de sostenibilidad fiscal, eficiencia y equidad; así como la existencia de una política de prevención de la infertilidad, el Gobierno objetó, en julio del año pasado, por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia, la iniciativa que busca desarrollar la política pública de prevención de la infertilidad y su tratamiento. El proyecto considera como infertilidad aquella enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas, y como técnicas de reproducción humana asistida todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de ovocitos como de espermatozoides o embriones humanos para el establecimiento de un embarazo. No obstante todo lo anterior, y con una votación de seis contra dos, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró infundadas estas cuatro objeciones. Los magistrados Cristina Pardo y Luis Guillermo Guerrero no estuvieron de acuerdo con esta decisión. Así las cosas, el alto tribunal constitucional devolvió el proyecto de ley al Congreso de la República con el fin de que lo envíe a sanción.
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