Imposición de matrícula condicional en centros educativos debe estar precedida del debido proceso (3:41 p.m.)
04 de Julio de 2018
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Nota:
108199
La Corte Constitucional ha señalado que la garantía al debido proceso, consagrada en el artículo 29 superior, tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública o privada. Por lo tanto, indicó el Ministerio de Educación, la imposición de una sanción disciplinaria, como es el caso de la matrícula condicional, debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra. En todo caso, frente a la informalidad que caracteriza este tipo de procesos, nada excusa al sancionador de observar los principios y garantías constitucionales del debido proceso.
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