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Importante precisión sobre la subsidiariedad de la tutela en proceso ejecutivos (4:07 p.m.)

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09 de Abril de 2019

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Una acción de tutela pretendía la nulidad de un proceso ejecutivo, puntualmente a partir del mandamiento de pago, por errores en la liquidación del crédito. Según el concepto de la Corte Constitucional, la solicitud, si bien puede tener prima facie alguna relevancia constitucional, no puede ser resuelta por el juez de tutela. Y es que en el caso concreto objeto de estudio no fueron agotados los medios de defensa judicial ofrecidos dentro del proceso ejecutivo, para solucionar dicho conflicto legal y de contenido económico, de modo que no se cumplió con el requisito de subsidiariedad. El alto tribunal revocó la sentencias proferidas por las salas Penal y Laboral de la Corte Suprema y declaró improcedente la acción (M. P. Carlos Bernal Pulido).

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