Hacen varias aclaraciones sobre la figura de carencia actual de objeto por hecho superado (7:10 a.m.)
11 de Diciembre de 2018
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Nota:
109757
Un fallo reciente de la Corte Constitucional precisa que no puede predicarse la figura de la carencia actual de objeto por hecho superado respecto de derechos fundamentales cuyo resarcimiento dependa de conductas que deban prolongarse en el tiempo, superando el lapso procesal de la tutela. Y es que en esta circunstancia, al finalizar el trámite constitucional, no se habría satisfecho aun plenamente el derecho invocado y se impediría al accionante ejercer los incidentes de desacato que fueren pertinentes, en caso de que el accionado reincidiera en la conducta vulneratoria alegada en la tutela. Encuentre las otras cinco aclaraciones que hizo la Sala sobre esta figura jurisprudencial en el documento adjunto a esta nota (M. P. Cristina Pardo).
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