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Gobierno tiene competencia para crear dependencias en entidades públicas (8:30 a.m.)

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27 de Septiembre de 2012

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El Consejo de Estado indicó que, tanto en la Constitución de 1886 como en la de 1991, el Presidente de la República tiene competencia para modificar la estructura de los ministerios, departamentos administrativos y demás entidades u organismos nacionales. Por ello, está dentro de sus funciones la creación de dependencias en los ministerios. De esta forma, la Sección Primera negó la nulidad del Decreto 1826 de 1962, en el que se establece una nueva sección del Club Militar. A juicio de los demandantes, el Presidente no podía crear un nuevo club. Sin embargo, la corporación aclaró que no se trató de la creación de un nuevo ente, sino de una dependencia dentro de un establecimiento público, adscrito al Ministerio de Defensa (C.P. Maria Claudia Rojas Lasso).

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