Gobierno deberá garantizar intérpretes para estudiantes sordos y sordociegos (3:08 p.m.)
08 de Abril de 2015
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Nota:
100279
Corresponde al Estado, con la participación activa de las entidades, instituciones, órganos y demás personas naturales y jurídicas públicas, privadas y mixtas, implementar políticas y mecanismos eficientes, que permitan prestar de manera idónea el servicio de educación superior. Con este argumento, la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la vida digna, a la igualdad y a la educación de un estudiante de sicología con discapacidad dual, conocida como sordoceguera, luego de evidenciar que la forma de garantizar la continuidad de sus estudios hacía necesaria la asignación de dos guías-intérpretes a su servicio. Así mismo, el máximo órgano constitucional exhortó al Ministerio de Educación Nacional (Mineducación) para la adopción de todas las medidas necesarias, incluyendo convenios con asociaciones de intérpretes y de sordos, para garantizar a la población sorda y sordociega el acceso a una educación inclusiva en todos los niveles del sistema educativo, tanto en el sector oficial como en el privado. Según la corporación, cuando se trata de personas en situación de discapacidad, la educación debe prestarse en condiciones de igualdad y atendiendo las particularidades de cada caso, de tal forma que el proceso de aprendizaje se adapte a sus condiciones y en este sentido pueda acceder al mismo como cualquier persona (M. P. Martha Victoria Sáchica).
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