Fuero de maternidad no aplica en contratos de prestación de servicios: Consejo de Estado (3:43 p.m.)
92541
24 de Octubre de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sección Cuarta del Consejo de Estado afirmó que el fuero de maternidad no aplica en los contratos de prestación de servicios, porque no existe una verdadera relación laboral, ya sea que provenga del contrato de trabajo o de una vinculación legal y reglamentaria con el sector público. En consecuencia, dicha protección solo podría otorgarse si el juez laboral o administrativo determina que existió el nexo laboral, lo cual no puede ocurrir a través de la acción de tutela, al no ser el mecanismo judicial idóneo para declarar el contrato realidad (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!