Explican violación indirecta de la ley bajo la modalidad de falsos juicios de identidad y raciocinio (8:10 a.m.)
01 de Diciembre de 2017
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Nota:
58529
La Corte Suprema de Justicia explicó la violación indirecta de la ley sustancial derivada de los errores de hecho en la apreciación probatoria por falso juicio de identidad y por falso raciocinio. En relación con el primero, el fallo precisó que este error se presenta cuando el juzgador considera legal y oportunamente recaudada la prueba pero al fijar su contenido la distorsiona, cercena o adiciona en su expresión fáctica, generando efectos que objetivamente no se establecen de ella o derivando conclusiones que no corresponden a su dimensión material. Por otra parte, cuando se acude a la violación indirecta en la modalidad de falso raciocinio se debe demostrar que el fallador al momento de asignarle mérito persuasivo a determinado elemento de juicio trasgredió los principios que gobiernan la sana crítica como método de valoración probatoria, es decir, los postulados de la lógica, las leyes de la ciencia y/o las reglas de la experiencia. En la providencia adjunta a esta nota evidenciará los aspectos que debe sustentar el recurrente en cada modalidad (M. P. Eyder Patiño Cabrera).
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