Explican trato diferenciado para acceder a la pensión de sobrevivientes en los regímenes de la fuerza pública y del magisterio (7:40 a.m.)
06 de Noviembre de 2018
Reproducir
Nota:
108847
Un fallo de la Corte Constitucional concluye que los requisitos de tiempo de servicio que debe completar un trabajador para que sus familiares puedan acceder a la pensión de sobrevivientes son más exigentes en los regímenes de la fuerza pública y del magisterio, pues en ellos es preciso acreditar 15 años o más al servicio de la institución, y 18 o 20 años de labor docente, respectivamente; mientras que en el régimen general de seguridad social en pensiones basta con reunir 50 semanas de cotización en los tres años anteriores al deceso. Y es que según lo ha reconocido la jurisprudencia constitucional, la existencia de un trato diferenciado en lo que a seguridad social respecta para ciertos sectores de trabajadores no es en sí misma contraria al principio constitucional de igualdad. Lo anterior puede estar justificado, según el concepto de la Sala, en las singulares características de los grupos destinatarios de los regímenes exceptuados, el respeto a los derechos adquiridos, así como la posibilidad de que el legislador haya contemplado otras variables o factores que, vista de manera sistemática la respectiva regulación y no aisladamente uno de sus elementos, compensen las exigencias impuestas o brinden mayores ventajas que aquellas ofrecidas por el régimen general (M. P. Alberto Rojas).
Opina, Comenta