Esto dijo la Corte sobre el decreto que fija el procedimiento de la Ley de Amnistía e Indulto (9:12 a.m.)
23 de Abril de 2018
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Nota:
61061
Respecto al Decreto Ley 277 del 2017, el cual establece el procedimiento para la efectiva implementación de la Ley de Indulto y Amnistía (Ley 1820 del 2016), la Sala Plena de la Corte Constitucional encontró que el mismo no reviste problemas de constitucionalidad y, por lo tanto, fue declarado exequible. No obstante, el artículo 22 fue condicionado, en el entendido de que la suspensión de las actuaciones penales “se refiere a la competencia para adoptar decisiones que impliquen afectación de la libertad, la determinación de responsabilidades y la citación a práctica de diligencias judiciales, pero, en lo demás, los procesos han de continuar”. El magistrado Antonio José Lizarazo manifestó salvamento de voto parcial (M. P. José Fernando Reyes).
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