Estipulaciones que desmejoren la situación del trabajador son ineficaces (3:05 p.m.)
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19 de Diciembre de 2018
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Los derechos y prestaciones sociales establecidos en el Código Sustantivo del Trabajo (CST) son el mínimo de derechos y garantías consagrados en favor de los trabajadores, los cuales son irrenunciables. Por lo tanto, precisó el Ministerio del Trabajo, las estipulaciones que afecten o desconozcan este mínimo no producen efecto alguno. Así las cosas, en los términos del artículo 43 del CST, son ineficaces las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación laboral, fallos arbitrales, pactos, convenciones colectivas y reglamentos de trabajo, así como las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto. No obstante, el trabajo ejecutado en virtud de dichas estipulaciones da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio, hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente.
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