Esta es la sentencia que prohíbe proyectos mineros en páramos (12:11 p.m.)
18 de Febrero de 2016
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Nota:
105343
Hoy jueves, a 10 días de haber dado a conocer la decisión sobre la demanda D-10864, la Corte Constitucional reveló el texto completo de la Sentencia C- 035 del 2016, en la que se acusaba el artículo 108 de la Ley 1450 del 2011 y los artículos 20, 49, 50 (parcial), 51 y 52 (parciales) y varios apartes del artículo 173 del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, Ley 1753 del 2015, que regulaban el sistema nacional de proyectos de interés nacional y estrategias en materia de reservas mineras y estratégicas. La providencia constitucional de 150 páginas, dividida en cinco partes, desarrolla aspectos como: áreas de reserva para el desarrollo minero; Sistema nacional de proyectos de interés nacional y estratégicos; Pines y víctimas del conflicto armado; licencias ambientales y delimitación de páramos. En efecto, se resalta, principalmente, la inconstitucionalidad del inciso 2° y de los parágrafos del artículo 50 y 51 de la Ley 1753 del 2015, al igual que de los incisos primero, segundo y tercero del primer parágrafo del artículo 173 de la mencionada ley. Finalmente, se resolvió la exequibilidad condicionada del artículo 108 de la Ley 1450 del 2011; además, del artículo 20 y del inciso segundo del artículo 173 de la de la Ley 1753.
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