14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Esta es la reforma que excluiría de la JEP los delitos sexuales contra menores (12:13 p.m.)

05 de Abril de 2019

Reproducir
Nota:
112530
Cumpliendo lo anunciado por el presidente Duque, la ministra de Justicia, Gloria María Borrero, presentó ayer ante la Secretaría del Senado de la República el proyecto de acto legislativo para que los delitos sexuales contra niños sean juzgados únicamente en la justicia ordinaria. “En Colombia se deben aplicar las penas más severas y sin ningún tipo de concesión para aquellos que cometan delitos sexuales contra niños,” dijo la ministra. El texto propuesto modifica puntualmente el artículo 44 de la Constitución Política, para agregar el siguiente inciso: “Los delitos sexuales contra los niños, niñas y adolescentes estarán sometidos únicamente a las sanciones establecidas en el régimen penal ordinario y serán investigados y juzgados conforme las normas definidas en el Código de Procedimiento Penal”. Para el Ejecutivo, no existe razón política, social, constitucional, ni jurídica alguna, para que el Estado desatienda su deber supremo de proteger a las personas más vulnerables de la población frente a conductas que merecen el mayor reproche por parte de la sociedad.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)