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Esta es la jurisprudencia sobre el requisito de subsidiariedad en la acción de tutela (9:05 a.m.)

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17 de Noviembre de 2015

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Por unanimidad, la Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante el comunicado sobre la Sentencia SU-695, informó la decisión de confirmar una sentencia preferida en el año 2013 por la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que se declaró la improcedencia de la acción de tutela de un particular en contra de la Sección Segunda del Consejo de Estado. El alto tribunal precisó que, en todo caso, las partes interesadas pueden presentar eventualmente una acción de tutela en contra de la decisión definitiva adoptada por el Consejo de Estado en sede de revisión de la sentencia de la acción popular. Igualmente, según el concepto, se adoptó dicha decisión por no existir un perjuicio irremediable de naturaleza iusfundamental que hiciera procedente el amparo constitucional de manera transitoria (M.P. Jorge Ignacio Pretelt)

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